El carácter eminentemente interior y religioso de
la penitencia, y los maravillosos aspectos que adquiere «en Cristo y
en la Iglesia», no excluyen ni atenúan en modo alguno la práctica
externa de esta virtud, más aún, exigen con particular urgencia su
necesidad y estimulan a la Iglesia -atenta siempre a los signos de
los tiempos- a buscar, además de la abstinencia y el ayuno, nuevas
expresiones, más capaces de realizar, según la condición de las
diversas épocas, el fin de la penitencia.
[...] La verdadera penitencia no puede prescindir
de una «ascesis» que incluya la mortificación del cuerpo; todo
nuestro ser, cuerpo y alma (más aún, la misma naturaleza irracional,
como frecuentemente nos recuerda la Escritura), debe participar
activamente en este acto religioso, en el que la criatura reconoce
la santidad y majestad divina. La necesidad de la mortificación del
cuerpo se manifiesta, pues, claramente, si se considera la
fragilidad de nuestra naturaleza, en la cual, después del pecado de
Adán, la carne y el espíritu tienen deseos contrarios.
Este ejercicio de mortificación del cuerpo -ajeno
a cualquier forma de estoicismo- no implica una condena de la carne,
que el Hijo de Dios se dignó asumir; al contrario, la mortificación
corporal mira por la «liberación" del hombre, que con frecuencia se
encuentra, por causa de la concupiscencia desordenada, como
encadenado por la parte sensitiva de su ser; por medio del «ayuno
corporal» el hombre adquiere vigor y, «esforzado por la saludable
templanza cuaresmal, restaña la herida que en nuestra naturaleza
humana había causado el desorden».
En el Nuevo Testamento y en la historia de la
Iglesia -aunque el deber de hacer penitencia esté motivado sobre
todo por la participación en los sufrimientos de Cristo-, se afirma,
sin embargo, la necesidad de la ascesis que castiga el cuerpo y lo
reduce a esclavitud, con particular insistencia para seguir el
ejemplo de Cristo.
Contra el real y siempre ordinario peligro del
formalismo y fariseísmo, en la Nueva Alianza los Apóstoles, los
Padres, los Sumos Pontífices, como lo hizo el Divino Maestro, han
condenado abiertamente cualquier forma de penitencia que sea
puramente externa. En los textos litúrgicos y por los autores de
todos los tiempos se ha afirmado y desarrollado ampliamente la
relación íntima que existe en la penitencia, entre el acto externo,
la conversión interior, la oración y las obras de caridad.
Por ello, la Iglesia --al paso qué reafirma la
primacía de los valores religiosos y sobrenaturales de la penitencia
(valores capaces como ninguno para devolver hoy al mundo el sentido
de Dios y de su soberanía sobre el hombre, y el sentido de Cristo y
de su salvación)-- invita a todos a acompañar la conversión interior
del espíritu con el ejercicio voluntario de obras externas de
penitencia:
a) Ante todo insiste en que se ejercite la virtud
de la penitencia con la fidelidad perseverante a los deberes del
propio estado, con la aceptación de las dificultades procedentes del
trabajo propio y de la convivencia humana, con el paciente
sufrimiento de las pruebas de la vida terrena y de la inseguridad
que la invade, que es causa de ansiedad.
b) Los miembros de la Iglesia afligidos por la
debilidad, las enfermedades, la pobreza, la desgracia, o «los
perseguidos por causa de la justicia», son invitados a unir sus
dolores al sufrimiento de Cristo, para que puedan no sólo satisfacer
más intensamente el precepto de la penitencia, sino también obtener
para los hermanos la vida de la gracia, y para ellos la
bienaventuranza que se promete en el Evangelio a quienes sufren.
c) Los sacerdotes, más íntimamente unidos a
Cristo por el carácter sagrado, y quienes profesan los consejos
evangélicos para seguir más de cerca el «anonadamiento» del Señor y
tender más fácil y eficazmente a la perfección de la caridad, han de
satisfacer de forma más perfecta el deber de la abnegación.
La Iglesia, sin embargo, invita a todos los
cristianos, indistintamente, a responder al precepto divino de la
penitencia con algún acto voluntario, además de las renuncias
impuestas por el peso de la vida diaria.
[De la Constitución apostólica de S.S. Pablo VI
por la que se reforma la disciplina eclesiástica de la Penitencia].